Equipo de Adapta RGPD · revisado el 27/10/2026
El RGPD es el Reglamento (UE) 2016/679, la norma europea que regula cómo se pueden usar los datos de las personas. Se aplica desde el 25 de mayo de 2018 a cualquier empresa, autónomo o entidad que trate datos de personas físicas en la Unión Europea.
RGPD, LOPD y LOPDGDD: qué es cada cosa
- RGPD: el reglamento europeo. Es directamente aplicable en España y es la norma principal.
- LOPDGDD: la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Adapta el RGPD a España y añade reglas propias: videovigilancia, edad de consentimiento de menores, derechos digitales de los trabajadores o el delegado de protección de datos obligatorio en ciertos sectores.
- LOPD: así se sigue llamando a la protección de datos en general. La antigua Ley 15/1999 está derogada; hoy, cuando alguien dice «la LOPD», se refiere al RGPD más la LOPDGDD.
¿A quién obliga?
A cualquiera que trate datos de personas físicas fuera del ámbito doméstico: empresas de cualquier tamaño, autónomos, comunidades de propietarios, asociaciones o administraciones. Tratar es casi cualquier cosa: recoger, guardar, consultar, enviar o borrar datos, en papel o en digital.
No importa el tamaño. Un autónomo con una agenda de clientes está obligado igual que una gran empresa, aunque su documentación sea más sencilla.
Los principios que hay que respetar
- Licitud: cada uso de datos necesita una base legal: un contrato, una obligación legal, el consentimiento o un interés legítimo.
- Transparencia: informar a las personas de qué haces con sus datos.
- Minimización: pedir solo los datos necesarios.
- Limitación del plazo: no guardarlos más tiempo del necesario.
- Seguridad: protegerlos de pérdidas, robos y accesos indebidos.
- Responsabilidad proactiva: poder demostrar que cumples. Es la clave: si llega una inspección, hay que enseñar papeles.
Qué tiene que tener una empresa, como mínimo
- El registro de actividades de tratamiento.
- Un análisis de riesgos y las medidas de seguridad que salgan de él.
- Cláusulas informativas para clientes, empleados y formularios.
- Contratos de encargado del tratamiento con los proveedores que acceden a datos: gestoría, informático, alojamiento web, software.
- Procedimientos para atender los derechos de las personas y para gestionar brechas de seguridad.
- Si tienes web, los textos que exige la LSSI.
¿Y si no cumplo?
La Agencia Española de Protección de Datos puede imponer sanciones que, en el RGPD, llegan a 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual mundial. A una pyme no le van a poner esas cifras, pero las multas de miles de euros por no informar o por cámaras mal puestas son habituales. Lo contamos en la guía de multas.
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